Puntos clave y estructura del complemento Carta Porte

Conocer con detalle la estructura del complemento Carta Porte y sus puntos clave es una información esencial para la actividad de transporte de mercancía.

Si el objetivo es trasladar mercancía, por cualquier vía, dentro del territorio mexicano es imprescindible conocer sus requisitos, procedimiento y fundamento legal.

Cuales son puntos clave y estructura del complemento Carta Porte

La legislación mexicana establece cuáles son los puntos clave y la estructura del complemento Carta Porte, como agregado necesario a la Carta Porte como instrumento fiscal.

Desde el 1° de enero del 2022, es de obligatorio cumplimiento la presentación de la carta porte para el traslado de mercancía dentro del territorio.

El complemento Carta Porte es imprescindible, ya que establece la ruta y vía de movilización de los bienes dentro del territorio nacional. Igualmente identifica al emisor de la mercancía, transportista y receptor de la misma dentro del país, aún en los casos de transporte por sus propios medios.

Estructura del complemento Carta Poder

La estructura del Complemento Carta Porte sufrió cambios en la actualización que entró en vigencia a partir del 01 de enero de 2022, incluyendo nuevos campos.

Este documento debe ser emitido por el transportista cuando suscribe el contrato para el traslado de mercancía dentro del territorio mexicano, y debe contener información muy explícita sobre:

  • Identificación completa del remitente de la mercancía, con identificación fiscal.
  • Detalles de la identificación del receptor de la mercancía
  • Toda la información referente a la mercancía, como: descripción, cantidad, peso, medidas.
  • Detalles del tipo de transporte, origen y destino, ruta, fecha y hora, guías, pólizas de seguro.
  • Aplica a todos los medios de transporte terrestre, aéreo, marítimo y ferroviario dentro de la jurisdicción federal.

A la factura electrónica que se emite por traslado o movilización debe anexarse el complemento Carta Porte para evitar ser sancionado e inmovilizar la carga.

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A quienes aplica el complemento

De acuerdo a lo establecido por el SAT quedan establecidos los contribuyentes con la obligatoriedad de emitir dicho documento:

  • Transportistas. Con traslados terrestres aéreos, fluviales o ferroviarios deben emitir el complemento como respaldo a la Carta Poder en el momento de prestar el servicio.
  • El intermediario a agente de transporte. Por cualquier vía nacional igualmente el complemento debe emitirse previo al traslado.
  • Propietario de la mercancía con transporte propio. Igualmente es obligatorio la emisión previo al traslado de la mercancía.
  • Transportistas de hidrocarburos o material derivado del petróleo. Deben emitir el documento previo al transporte y circulación por cualquier vía nacional.
  • Existe normativa establecida en el caso de transporte de mercancía fuera del territorio nacional o de exportación.

Deja en manos de los especialistas el cumplimiento de los requisitos de ley para emitir el complemento Carta Porte.

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