El Complemento Carta Porte o CCP fue establecido el día 1 de mayo de este año como un nuevo requisito para transportar mercancías dentro del territorio mexicano.
Dicho documento instituido por el SAT es de obligatorio cumplimiento a partir de los 120 días siguientes a su entrada en vigor. La fecha de su vigencia es el primero del mes de junio del año en curso.
Este Complemento Carta Porte deberá acompañar a los CFDI requeridos para el transporte terrestre según Resolución Fiscal.
El objetivo de este documento, según manifiestan las autoridades, es ofrecer mayor seguridad tanto a transportistas como a los propietarios de las mercancías a transportar.
¿En qué consiste el nuevo Complemento Carta Porte?
El nuevo Complemento Carta Porte tiene como fin añadir al comprobante fiscal de carácter digital por Internet CFDI, información sobre bienes y mercancía a transportar.
El CCP acredita, además de información detallada sobre la mercancía, otros aspectos como la ubicación de origen, destino y medios utilizados para realizar el transporte.
En este orden de ideas, el transportista contribuyente tendrá la obligación de portar bien el archivo electrónico o el CFDI impreso, junto al Complemento Carta Porte.
La Resolución Fiscal emitida por el SAT dispone la emisión de CFDI de ingreso y tipo traslado, y en ambos casos deben incluir el CCP. Vale señalar que en cada caso el registro de datos es diferente.
¿Quién puede emitir los CFDI con Complemento Carta Porte y para qué sirven?
Los contribuyentes que se dediquen al transporte de carga terrestre, por vía marítima, aérea de carga y ferroviaria por carreteras federales están obligados a emitir el CFDI con carácter de ingreso.
Por supuesto, deberán incorporar a dicho documento el CCP. Éste tiene dos objetivos fundamentales, que son:
- Documentar la prestación correspondiente al servicio de carga con el CFDI de ingreso
- Acreditar con detalle el traslado de bienes y mercancías por medio del novedoso Complemento Carta Porte
En el caso del comprobante fiscal de tipo traslado, la emisión corresponderá al propietario de la mercancía o bienes muebles a transportar por carreteras federales. Igualmente, podrá emitirlo un agente o intermediario que se dedique de forma personal al traslado de mercancía por vías de la nación.
Vale señalar que dicho transporte de carga por carreteras del territorio mexicano incluye todas sus posibles vías. Es decir, sean estas terrestres, marítimas, aéreas o ferroviarias.
En este caso, el CFDI con CCP tiene como objeto acreditar el transporte de mercancía o bienes dentro del territorio mexicano.
No dejes de cumplir con tu obligación fiscal
Es un hecho que el Complemento Carta Porte tiene carácter obligatorio y constituye un requisito indispensable para todo aquel que traslade mercancías dentro de México.
Para obtenerlo, basta con ir al sitio web oficial del SAT, en el apartado de factura fácilmente. Allí puede generarse sin mayores problemas.
Si aún conservas dudas acerca de este nuevo requisito fiscal, despreocúpate y acude a nosotros. En Sheep estamos más que prestos a facilitarte cualquier trámite con la asesoría más adecuada y oportuna.
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