Se conoce como régimen fiscal al cumplimiento obligatorio de contribuciones por parte de las personas físicas y morales que mantienen alguna actividad económica. Dichas contribuciones suelen ser numerosas y se encuentran organizadas en diferentes tipos de régimen.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es el ente encargado de velar por el cumplimiento de los pagos dirigidos al estado. Esta institución es responsable de coordinar y administrar el régimen fiscal tomando como punto principal los beneficios para el estado y los contribuyentes.
En este artículo hablaremos de estos tipos de régimen y cuál conviene según sea el caso.
Tipos de régimen
La clasificación realizada por el SAT pretende establecer una regulación de aquellas personas que generan ingresos económicos en todo el territorio mexicano. Permite la formalización de los comercios, lo cual genera mayor control al momento de cumplir con las normas establecidas.
Tipos de Régimen fiscal para personas físicas
Tanto las personas físicas como las personas morales mantienen diferentes normativas de acuerdo con las características de sus funciones. Todo contribuyente debe tener conocimiento sobre los tipos de régimen establecidos por el SAT, esto nos permite ubicarnos en la categoría correspondiente.
Incorporación fiscal
En esta categoría deben estar aquellas personas que ejercen una labor económicamente remunerada, no deben generar más de dos millones de pesos al año. Contar con un título profesional no es necesario para que la persona lleve a cabo su labor. Algunos ejemplos de ellas puedes ser: Carteros, estilistas, carpinteros, herreros o taxistas.
Actividades empresariales
Se deben registrar las personas que se desarrollen en el contexto empresarial, impulsen a la comercialización y generen considerables ingresos. No se limita a un presupuesto anual como en el caso de la incorporación fiscal. Entre ellas están: restaurantes, empresas textiles, farmacéutica, entre otras.
Arrendamiento de inmueble
Incluye a todas aquellas personas que reciben algún ingreso económico a través del arrendamiento, alquiler o renta de cualquier bien de su propiedad. Algunos de ellos son: alquiler de habitación, posada, casa, locales comerciales.
Servicios profesionales (honorarios)
En esta categoría deben ubicarse aquellas personas que brindan sus servicios profesionales sin servir a ninguna empresa, jefe o institución. No mantienen remuneración monetaria fija como un salario, sino que sus ingresos se establecerán por parte del profesional. En estas profesiones se encuentran: Médicos, abogados, economistas, arquitectos, diseñadores, entre otros.
Asalariados:
Este régimen aplica para aquellos que se encuentran bajo el mando de algunas personas. Deben establecerse bajo las condiciones económicas y ante los acuerdos y normas preestablecidas por parte de los superiores. Estas personas deben declarar sus ingresos una vez al año. Algunos ejemplos de ellos son: trabajadores públicos u obreros.
Régimen fiscal para personas morales
Las personas morales también mantienen diversas normativas según las características de sus funciones, como las siguientes.
Régimen fiscal general
En esta categoría deben estar ubicados los contribuyentes que mantienen una asociación con fines de lucro. A través de las actividades realizadas, se busca producir ingresos que beneficien a todas las personas que desarrollen alguna labor en dicha asociación. Entre ellas se encuentran: agentes bancarios y aseguradoras.
Sin fines de lucros
Las personas morales que pertenecen a esta categoría no tienen como objetivo principal la remuneración económica de sus actividades. Mantienen el interés por el trabajo social con el fin de influir de manera positiva en diferentes ámbitos de la población.
Cuál tipo de régimen es más conveniente
Tal como hemos visto, es importante que toda persona que establezca, o tenga pensado establecer una actividad comercial, delimite su funcionamiento. Organizar y decidir qué tipo de régimen se debe elegir permitirá gozar de beneficios ante el estado.
A través de esto se logra conseguir legalidad y reconocimiento de la entidad a nivel nacional. No se debe pasar por alto que el cumplimiento del régimen fiscal es una ley obligatoria y se debe tomar con la importancia constitucional pertinente.
Más que saber qué tipo de régimen nos conviene, es importante conocer cual nos aplica según nuestra actividad y los deducibles que se puedan aplicar al momento de declarar renta. Para esto la más recomendable es contar con un despacho contable que nos brinde la asesoría necesaria.
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